Información sobre
Procedimientos de Mediación
Qué es la Mediación
La mediación es un método eficaz de resolución de conflictos que facilita la comprensión del origen de las diferencias, así como de sus causas y consecuencias, con el objetivo de alcanzar soluciones consensuadas y duraderas dentro de un entorno profesional. Se trata de un procedimiento plenamente reconocido en el Estado de Derecho, que contribuye a la modernización de la Administración de Justicia. y amparada en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles como transposición de la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y Consejo de 21 de mayo de 2008.
La mediación se desarrolla en un entorno seguro, confidencial y estructurado, que favorece el diálogo respetuoso y la participación activa de las personas implicadas. Es un espacio neutral e imparcial, orientado a la escucha, la comprensión mutua y la gestión constructiva del conflicto, donde las partes pueden expresar sus intereses y necesidades con libertad, confianza y responsabilidad, con el acompañamiento de un profesional especializado.
El valor de la mediación
La mediación facilita que personas y organizaciones alcancen soluciones eficientes en un menor tiempo, coste y perjuicio a través de un proceso dirigido por un mediador profesional imparcial. Al ser las partes quienes controlan el proceso y la resolución, se minimizan los costes y se acelera un acuerdo que convenga a las partes.
En lugar de una imposición judicial imprevisible con una parte vencedora y la otra derrotada, la mediación fomenta el compromiso. Al ser las partes involucradas quienes diseñan y acuerdan la solución, el acuerdo puede conformar a las dos partes.
Mientras que los procesos judiciales suelen implicar una inversión significativa de recursos económicos, a menudo con largos periodos de espera y la incertidumbre de un resultado impuesto por un tercero, la mediación ofrece una alternativa mucho más ágil y económica.
Además, la mediación es un proceso confidencial, lo que permite a las partes discutir abiertamente sus intereses sin el temor de que la información se utilice en su contra en un futuro.
Al promover la comunicación y el entendimiento mutuo, la mediación puede mantener las relaciones entre las partes, algo que rara vez ocurre en un litigio judicial.
Legitimidad de la Mediación
Acuerdo vinculante
El acuerdo de mediación debe constar por escrito, recoger los compromisos alcanzados entre las partes y sus firmas (la firma electrónica acreditada también tiene validez). Este documento (Acta de Mediación) tiene valor contractual y obliga a las partes igual que cualquier contrato privado (eficacia vinculante para las partes intervinientes) conforme al artículo 1255 del Código Civil y art. 6.2, Ley 5/2012 de mediación.
Si se desea el Acta puede elevación a escritura pública: para otorgar al acuerdo la categoría de "título ejecutivo" (art. 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), permitiendo su ejecución directa ante un tribunal sin necesidad de un juicio ordinario si una de las partes incumple. En la mediación como requisito de procedibilidad en procesos civiles no procede si se quiere presentar demanda.
Buenas Prácticas
Actuar de mala fe
La mala fe de alguna de las partes apreciada por el Mediador puede comportar consecuencias legales en el proceso judicial. El Mediador anotará esta circunstancia en el Acta de Mediación que se presenta al Juzgado.
La mala fe en la mediación puede implicar actuar con deslealtad, ocultar información, o utilizar el proceso con fines dilatorios, fraudulentos o para obtener ventaja paralela, contraviniendo el deber de colaboración y voluntariedad. Se manifiesta al no acudir a sesiones justificadas, engañar o abusar del procedimiento. Una conducta notoriamente inadecuada puede suponer una actuación de mala fe.
Falta de asistencia en mediación con requisito de procedibilidad
La no asistencia a un acto de mediación como requisito de procedibilidad debidamente programado, sin justa causa, puede comportar consecuencias legales en el proceso judicial. La mediación se entenderá como realizada informando al juzgado de la falta de asistencia de una de las partes.
Negarse a aceptar la Mediación con requisito de procedibilidad
La no aceptación a participar en un Acto de Mediación como requisito de procedibilidad, sin justa causa, puede comportar consecuencias legales en el proceso judicial. La mediación se entenderá como realizada informando al juzgado de la falta de aceptación de una de las partes.
Posibles consecuencias por actuar de mala fe:
- Costas judiciales: A pesar de ganar un juicio, quien actuó de mala fe en la mediación previa puede perder el derecho a reclamar las costas o ser condenado en costas.
- Sanciones procesales: Los tribunales pueden imponer multas por abuso de derecho.
- El mediador puede dar por concluido el proceso si detecta falta de buena fe.
Mediación no es asesoramiento legal
La propuesta de mediación independiente no incluye servicios de asesoramiento legal, dado que este cometido desvirtúa la filosofía de la mediación. Las partes que requieran de asesoramiento legal deben consultar con un asesor legal.
Proceso en un Procedimiento de Mediación
1. Una vez solicitado el encargo se comunica el inicio del procedimiento a las partes.
2. Se informa de los pasos del procedimiento y se realiza una consulta técnica a cada parte para valorar posiciones.
3. Se acuerda una fecha de la primera sesión de mediación.
4. Se realiza la primera mediación. Si las partes lo acuerdan se puede continuar con sucesivas sesiones o dar por terminada la mediación en cualquiera de las sesiones, con o sin acuerdo.
5. Si la mediación es un Requisito de Procedibilidad (obligación previa) se tramita el correspondiente certificado (Acta de Mediación) para incorporar a la demanda (si procede).
6. Si se llega a un acuerdo, opcionalmente, se puede elevar a escritura pública.

